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6 May, 2008

PREACUERDO CONVENIO TEXTIL-CONFECCIÓN

Escrito por smoreno 10:26 | PermalinkEnlace | Commentscomentarios (0) | TrackbackRetroenlaces (0) | General

PREACUERDO CONVENIO TEXTIL-CONFECCIÓN

En el día de ayer, 29 de abril, se alcanzó a un principio de acuerdo en la negociación del

Convenio del Textil-Confección que tienen los siguientes aspectos más relevantes:

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Vigencia: 3 años.

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el incremento pactado. 2’5% en 2008.

Salario: Incremento de IPC previsto más 0’5%, con cláusula de revisión que garantiza

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se producirá a razón de 4 horas a partir del 1.01.2009 y 4 horas a partir del

1.01.2010.

Equiparación progresiva entre la jornada partida y la continuada Dicha equiparación

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devengado en el mes anterior.

Complemento a la IT en accidente de trabajo hasta el 100% del salario brutodías en situación de IT.

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Formación: Acuerdo con los redactados que constan en el acta nº 4.

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Prevención: Acuerdo con lo establecido en el acta nº 3.

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0’30 € en 2009; 0’40 € para 2010.

Ramo de Agua: Compensación por no parada en tiempo de bocadillo: 0’20 € en 2008;

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Planes de Igualdad: En el supuesto de que las empresas no tengan medios propios para la tramitación correspondiente, la Comisión de Igualdad que se creará en el presente convenio establecerá los mecanismos para conseguir las ayudas y las formalidades necesarias para poder elaborar los planes de Igualdad en las empresas de más de 100 y hasta 250 trabajadores y con un porcentaje inferior al 50 % de mujeres en su plantilla. No obstante durante los años 2008-2009 y 2010 ésta obligación solo alcanzará a las empresas cuya plantilla se situe entre 150 y 250 trabajadores y con un porcentaje inferior al 50% de presencia femenina. La Comisión recurrirá a los diferentes organismos públicos que puedan facilitar la implementación y los recursos económicos para la aplicación de dichos planes.

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Artículo 37: Redactado propuesto por la RS con bolsa de 104 horas.

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Adaptación de la Ley de Igualdad, Ley Integral contra la Violencia de Género, al texto convencional, en los puntos en que hayan sido modificados por aquellas.

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Nomenclátor Desmotadoras: Equiparación.

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Desde FIA-UGT queremos resaltar la importancia de un acuerdo de éstas características en nuestro sector. Consideramos que hemos conseguido un avance importante en derechos sociales con la inclusión del complemento del 100% en caso de accidente de trabajo, y con el comienzo de una equiparación entre la jornada de trabajo partida y continua.

El nuevo supuesto de regulación de jornada con la creación de la bolsa de horas individual va a permitir una nueva forma de atender las puntas de producción sin que los perjudicados seamos siempre los mismos al poder elegir cuando disfrutamos nuestro tiempo de exceso trabajado.

La reducción a 100 del número de trabajadores como requisito para poder establecer planes de igualdad en las empresas, es un salto importante para poder desarrollar la Ley de Igualdad de una forma real, ya que dada la estructura de nuestro sector con el límite de 250 trabajadores solamente se hubiera aplicado en una minoría de empresas.

Pero como valoración global, hay que destacar que en ésta negociación e inmersos en la crisis del sector que estamos padeciendo, no solamente no se han recortado derechos sino que los hemos incrementado.

La representación empresarial ha entendido que con recortes de derechos no se consigue un mejor sector. Un mejor sector más competitivo se consigue también con unas relaciones laborales modernas que solucionan los conflictos antes que se produzca.

Ahora nos toca seguir trabajando en el día a día con la tarea de hacer que se cumpla lo pactado, ya que de nada sirve firmar convenios que después no se aplican.

Las partes acuerdan que la adaptación del régimen sectorial de vacaciones al establecido con carácter general será abordado en la próxima negociación.


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